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Seremi de Salud Metropolitana multa con 50 millones de pesos a organizador de fiesta clandestina en Maipú

Anteriormente, Juan Salazar había sido formalizado por el Noveno Juzgado de Garantía de Santiago, instancia en la que se decretó arresto domiciliario nocturno. Sin embargo el acusado infringió esta medida, por lo que fue reformalizado y pasó a estar en prisión preventiva.

Una millonaria multa de 1000 UTM (50.300.000 pesos) interpuso la Seremi de Salud Metropolitana contra el organizador de una fiesta clandestina hace dos fines de semanas de Maipú, la cual congregó a 400 personas en plena pandemia del coronavirus, infringiendo las medidas sanitarias y el toque de queda.

Según informa Cooperativa, el hombre acusado identificado como Juan Salazar es hasta ahora el único formalizado.

El sumario de la Seremi arrojó que no solo se vulneraron las medidas sanitarias y el toque de queda, sino que también se detectó malas condiciones higiénicas en baños, roedores muertos, un muro perimetral en mal estado, además de escombros y residuos. A esto se le suma que el recinto no contaba con vías de evacuación en casos de emergencia.

Con respecto a la investigación, la Corte de Apelaciones de Santiago rebajó la medida cautelar de prisión preventiva que estaba cumpliendo el sujeto, quien pasó a cumplir arresto domiciliario por el dictamen de la Cuarta Sala del tribunal de alzada.

Anteriormente, Salazar había sido formalizado por el Noveno Juzgado de Garantía de Santiago, instancia en la que se decretó arresto domiciliario nocturno. Sin embargo el acusado infringió esta medida, por lo que fue reformalizado y pasó a estar en prisión preventiva.

A esta infracción, se le suman los delitos de vulneración de toque de queda, el funcionamiento de locales nocturnos con más de 10 asistentes, el no uso de mascarillas y venta de alimentos.

En este sentido, el asesor de la Fiscalía Occidente, el abogado Lucas Vargas, sostuvo que “absolutamente necesaria la prisión preventiva, porque no sólo ha sido formalizado por cinco delitos del artículo 318 del Código Penal, sino que además vulneró aquella (primera cautelar), dando cuenta de un actuar refractario, cotumaz y de absoluto desprecio a las normas jurídicas”.

Por su parte, el abogado defensor, Enrique Urbina, señaló que “la investigación actual es exigua, no hay medios de prueba que puedan acreditar, con datos y evidencias, algún tipo de pariticpación (del imputado) en los hechos y delitos formalizados”.

Link Noticia: https://www.elmostrador.cl/noticias/2020/05/13/seremi-de-salud-metropolitana-multa-con-50-millones-de-pesos-a-organizador-de-fiesta-clandestina-en-maipu/